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El Gobierno extendió por 90 días el contrato del concesionario actual de la Hidrovía

La prórroga se estableció a través de un decreto.

El Gobierno oficializó la prórroga de la concesión de la hidrovía del Río Paraná por 90 días justo cuando estaba a punto de caducar el contrato con la concesionaria a cargo del dragado y balizamiento de la denominada Vía Navegable Troncal.

La medida quedó formalizada a través de la resolución 129/21, publicada este jueves en el Boletín Oficial, con la firma del ministro de Obras Públicas, Gabriel Katopodis, quien quedó en forma transitoria a cargo del Ministerio de Transporte, mientras se define el nombre del sucesor del fallecido titular de la cartera Mario Meoni.

Por las aguas de la Hidrovía circula el 90% de las exportaciones agroindustriales del país por lo que es el canal principal de salida para el complejo agroexportador más importante de América del Sur. Desde hace 25 años, el manejo de la Hidrovía está en manos de la empresa belga Jan de Nul y de su socia local, Emepa.

Según el texto del decreto, el Poder Ejecutivo dispuso en favor del actual concesionario "la continuidad del Contrato de Concesión de obra pública por peaje para la modernización, ampliación, operación, y mantenimiento del sistema de señalización y tareas de dragado y redragado y mantenimiento de la Vía Navegable Troncal aprobado por el Decreto Nº 253/95 con sus actos modificatorios y complementarios, desde la terminación del plazo contractual y por el término de 90 días".

No obstante esta decisión, el decreto aclara que la extensión dispuesta "se efectuará con carácter precario y podrá ser revocada, en cualquier momento sin que se genere derecho subjetivo, derecho en expectativa o precedente invocable alguno a favor del operador ni reconocimiento de suma alguna por la eventual revocación anticipada al plazo previsto".

Además agrega que durante el plazo en que se extienda esta situación, "el operador deberá prestar el servicio y demás obligaciones de conformidad con los términos constitutivos del Contrato de Concesión, (…) incluyendo el mantenimiento de la vigencia de las garantías correspondientes y las tarifas vigentes".

En los fundamentos se confirmó la decisión de delegar al Ministerio de Transporte «la facultad de efectuar el llamado y adjudicación de una Licitación Pública Nacional e Internacional, por el régimen de concesión de obra pública por peaje, para la modernización, ampliación, operación y mantenimiento del sistema de señalización y tareas de dragado y redragado y mantenimiento de la vía navegable troncal».

Por último, se remarcó que las actividades previstas en el Contrato de Concesión resultan fundamentales para garantizar la libre navegación en todos los cursos fluviales que conforman la Vía Navegable Troncal. 

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La medida quedó formalizada a través de la resolución 129/21, publicada este jueves en el Boletín Oficial, con la firma del ministro de Obras Públicas, Gabriel Katopodis, quien quedó en forma transitoria a cargo del Ministerio de Transporte, mientras se define el nombre del sucesor del fallecido titular de la cartera Mario Meoni.

Por las aguas de la Hidrovía circula el 90% de las exportaciones agroindustriales del país por lo que es el canal principal de salida para el complejo agroexportador más importante de América del Sur. Desde hace 25 años, el manejo de la Hidrovía está en manos de la empresa belga Jan de Nul y de su socia local, Emepa.

Según el texto del decreto, el Poder Ejecutivo dispuso en favor del actual concesionario "la continuidad del Contrato de Concesión de obra pública por peaje para la modernización, ampliación, operación, y mantenimiento del sistema de señalización y tareas de dragado y redragado y mantenimiento de la Vía Navegable Troncal aprobado por el Decreto Nº 253/95 con sus actos modificatorios y complementarios, desde la terminación del plazo contractual y por el término de 90 días".

No obstante esta decisión, el decreto aclara que la extensión dispuesta "se efectuará con carácter precario y podrá ser revocada, en cualquier momento sin que se genere derecho subjetivo, derecho en expectativa o precedente invocable alguno a favor del operador ni reconocimiento de suma alguna por la eventual revocación anticipada al plazo previsto".

Además agrega que durante el plazo en que se extienda esta situación, "el operador deberá prestar el servicio y demás obligaciones de conformidad con los términos constitutivos del Contrato de Concesión, (…) incluyendo el mantenimiento de la vigencia de las garantías correspondientes y las tarifas vigentes".

En los fundamentos se confirmó la decisión de delegar al Ministerio de Transporte «la facultad de efectuar el llamado y adjudicación de una Licitación Pública Nacional e Internacional, por el régimen de concesión de obra pública por peaje, para la modernización, ampliación, operación y mantenimiento del sistema de señalización y tareas de dragado y redragado y mantenimiento de la vía navegable troncal».

Por último, se remarcó que las actividades previstas en el Contrato de Concesión resultan fundamentales para garantizar la libre navegación en todos los cursos fluviales que conforman la Vía Navegable Troncal. 

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