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Olavarría: recuerdan la prohibición de circular por caminos rurales luego de las lluvias

La Ordenanza 3684/14 establece la prohibición de circular después de cada lluvia y hasta que los mismos se encuentren suficientemente aireados. El incumplimiento contempla sanciones y resulta agravante para quienes transiten en tractores o con ruedas especiales para barro, tacos y otros

El Municipio de Olavarría, a través de la Dirección de Obras Rurales, recuerda la vigencia la Ordenanza 3684/14, que establece la prohibición de circular "por los caminos rurales pertenecientes al Partido de Olavarría a todo tipo de vehículos públicos o privados, después de cada lluvia y hasta que los mismos se encuentren suficientemente aireados para que su utilización no perjudique el estado de dichos caminos".


Al respecto, se añadió que la normativa alcanza a todo tipo de vehículos, por lo que se apela a la colaboración y comprensión de la población, con el objetivo no solo de cuidar la red vial rural sino también prevenir cualquier tipo de accidente.


Se agregó que el incumplimiento de esta normativa contempla sanciones en las que resulta como agravante que se transite utilizando neumáticos de gran porte y profundidad, como el caso de tractores, ruedas especiales para barro, tacos y otros.


Se aclara que se encuentran exceptuados de la prohibición transporte de producción láctea, transporte escolar, ambulancias, servicios de atención de emergencias del tendido de red eléctrica y el tránsito de vehículos particulares en los casos que, por razones de urgencia o necesidad, sea indispensable.


En estos casos interviene la Dirección de Control Urbano y las actuaciones labradas serán elevadas al Juzgado de Faltas, desde donde se determinará el tipo de sanción correspondiente.

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Al respecto, se añadió que la normativa alcanza a todo tipo de vehículos, por lo que se apela a la colaboración y comprensión de la población, con el objetivo no solo de cuidar la red vial rural sino también prevenir cualquier tipo de accidente.


Se agregó que el incumplimiento de esta normativa contempla sanciones en las que resulta como agravante que se transite utilizando neumáticos de gran porte y profundidad, como el caso de tractores, ruedas especiales para barro, tacos y otros.


Se aclara que se encuentran exceptuados de la prohibición transporte de producción láctea, transporte escolar, ambulancias, servicios de atención de emergencias del tendido de red eléctrica y el tránsito de vehículos particulares en los casos que, por razones de urgencia o necesidad, sea indispensable.


En estos casos interviene la Dirección de Control Urbano y las actuaciones labradas serán elevadas al Juzgado de Faltas, desde donde se determinará el tipo de sanción correspondiente.

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