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DT-e: cuando intervenga un consignatario el trámite obligatoriamente debe ser por autogestión

Por su parte, los productores en forma particular pueden optar por ese medio o en forma presencial en cualquier oficina del Senasa 

A partir del 1° de julio, obligatoriamente se deberá tramitar el Documento de Tránsito electrónico (DT-e) por autogestión en los movimientos de animales donde intervenga un consignatario de hacienda, a través del Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (Sigsa).


La medida obedece a la Resolución 162/2018 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) publicada en el Boletín Oficial el pasado 11 de mayo.


La norma establece la obligación de utilizar la autogestión para tramitar el DT-e cuando intervenga un consignatario de hacienda y fija tres opciones para ello: en un caso el productor consigna la hacienda a un intermediario determinado; otra forma es que el productor autorice al consignatario a emitir el DT-e de su Renspa y, por último, el productor puede autorizar a un ente emisor, quien consigna la hacienda a un intermediario determinado.


Para habilitar el trámite, el formulario "Autorización a consignatarios para emisión de DT-e y cierre de movimientos en SIGSA" se debe presentar por única vez en la oficina local. Esto lo puede realizar el productor o el consignatario, que debe contar con el formulario con la firma certificada del titular.


Esta medida avanza en el marco de la mejora continua del Senasa, la simplificación de trámites a los productores agropecuarios y la desburocratización del Organismo.


Asimismo, el productor puede optar por realizar el DT-e por autogestión cuando no intervenga un consignatario, a través de un ente emisor o de manera presencial en cualquier oficina del Senasa de todo el país.


Para más información, los usuarios pueden ingresar a la página web del Senasa www.senasa.gob.ar/dt-e


También se puede enviar un correo electrónico a: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o comunicarse a los teléfonos: SIGAD (011) 4121-5475; Mesa de Ayuda SIGSA (011) 4121 – 5374 / 5436. 



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La medida obedece a la Resolución 162/2018 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) publicada en el Boletín Oficial el pasado 11 de mayo.


La norma establece la obligación de utilizar la autogestión para tramitar el DT-e cuando intervenga un consignatario de hacienda y fija tres opciones para ello: en un caso el productor consigna la hacienda a un intermediario determinado; otra forma es que el productor autorice al consignatario a emitir el DT-e de su Renspa y, por último, el productor puede autorizar a un ente emisor, quien consigna la hacienda a un intermediario determinado.


Para habilitar el trámite, el formulario "Autorización a consignatarios para emisión de DT-e y cierre de movimientos en SIGSA" se debe presentar por única vez en la oficina local. Esto lo puede realizar el productor o el consignatario, que debe contar con el formulario con la firma certificada del titular.


Esta medida avanza en el marco de la mejora continua del Senasa, la simplificación de trámites a los productores agropecuarios y la desburocratización del Organismo.


Asimismo, el productor puede optar por realizar el DT-e por autogestión cuando no intervenga un consignatario, a través de un ente emisor o de manera presencial en cualquier oficina del Senasa de todo el país.


Para más información, los usuarios pueden ingresar a la página web del Senasa www.senasa.gob.ar/dt-e


También se puede enviar un correo electrónico a: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o comunicarse a los teléfonos: SIGAD (011) 4121-5475; Mesa de Ayuda SIGSA (011) 4121 – 5374 / 5436. 



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